Condiciones generales

RESPONSABILIDAD: La responsabilidad del transportista incumbe a la empresa que realiza efectivamente el servicio. La empresa transportista no responderá de los incumplimientos que no le sean directamente imputables, ni de los producidos por caso fortuito, fuerza mayor, o por atender exigencias legales o administrativas. 

Del mismo modo, no se hace responsable de las pérdidas de enlace de sus servicios intermodales con otros transportes, propios o ajenos.

Cuando el servicio se vea afectado por causas de fuerza mayor, averías, atascos, el viajero solamente tendrá derecho a la continuación del viaje en otro vehículo. Las plazas son limitadas.

EQUIPAJE: El viajero tiene derecho a transportar gratuitamente hasta un máximo de 30 kgs. El equipaje no va asegurado. Existe un servicio de facturación. Existe una limitación de la responsabilidad del transportista a los daños, pérdidas o averías de los equipajes encargos que se facturen, según lo dispuesto en la LOTT.

TRANSPORTE DE MENORES: El número de viajeros transportados no puede ser superior al de plazas autorizadas, lo que significa que todos los menores computan a efectos de número de viajeros transportados (Real Decreto 965/2006) y, en consecuencia, todos deberán poseer billete, sin distinción de edad.

Bebés (de 0 a 4 años) viajaran gratis.

Los niños menores de 4 años deberán viajar siempre acompañados por adultos.

A partir de los 4 años cumplidos, se admite el transporte de menores sin acompañante en los servicios de transporte regular de uso general bajo las siguientes condiciones:

Los niños con edades comprendidas entre los 4 y 14 años, solo podrán viajar sin acompañante si los padres o tutores expiden la autorización correspondiente para que el menor pueda viajar solo (siempre, bajo la responsabilidad del padre o tutor) y de conformidad con las siguientes especificaciones:

  • En el embarque, el menor, junto con el billete, deberá portar el Documento de Autorización firmado por sus padres o tutores y sellado por la empresa.
  • Existen dos tipos de autorizaciones:
    • Autorización puntual de transporte de un menor cuando el padre/tutor autoriza el transporte del menor en un servicio concreto y puntual. Este documento tendrá validez únicamente para dicho servicio.
    • Autorización temporal de transporte de un menor, en el caso de menores que viajen con frecuencia solos. Este documento de autorización tendrá una validez temporal de máximo un año, para un origen-destino específico.

VIAJEROS EN SILLA DE RUEDAS: En las plazas PMRSR solo viajarán sillas de ruedas homologadas que no excedan las medidas 120 x 70 x 109 cm. El peso máximo, incluyendo al ocupante, dependerá de la plataforma elevadora (aprox. 300 kg).

Requiere reserva previa de al menos 48 horas, que deberá indicarse previamente solicitándolo en los teléfonos solicitados con al menos 48 horas de antelación.Para cualquier duda o sugerencia sobre nuestros servicios adaptados para viajeros con discapacidad, contacta con nosotros a través de nuestro teléfono de información 957404414 – 957501632.

Los viajeros en silla de ruedas tienen a su disposición plazas especiales (PMRSR) para viajar sentados en su propia silla de ruedas. Estas plazas tienen el mismo coste que el resto de plazas del vehículo. No se puede seleccionar asiento, porque los asientos para personas que viajan en silla de ruedas ya están predeterminados en el bus.

Si el viajero desea viajar en una butaca convencional del bus, puede llevar su silla en el maletero sin coste adicional. En este caso, debe ser capaz de subir al vehículo y acomodarse en la butaca de forma autónoma, o llevar acompañante que le ayude a hacerlo. Puede seleccionar el asiento que esté disponible en el momento de la reserva.

TRANSPORTE DE ANIMALES: El artículo 11 del Reglamento General de Circulación prohíbe el transporte en el habitáculo de viajeros de cualquier animal, salvo aquellos de acompañamiento psicológico, asistencia y perros guía, además de aquellos prescritos correspondientemente con la acreditación del certificado que lo justifique, y siempre bajo la responsabilidad y acompañados de sus dueños.

De conformidad con lo expuesto, se admitirá un máximo de una mascota por servicio, que viajará en la bodega del vehículo. El transporte se limitará a pequeños animales de compañía, entendiendo como tales, perros, gatos, hurones, aves (no de corral), etc. El peso estará limitado en función de las condiciones del autobús. El animal viajará en la bodega siempre dentro de una jaula (elemento transportín u otro cerrado y seguro), proporcionado por el viajero. La jaula o transportín deberá disponer de un fondo impermeable que contenga los residuos.

Con carácter general, el traslado de estos animales se realiza bajo la entera responsabilidad de sus propietarios, que viajarán necesariamente en el mismo servicio que el animal.

El viajero debe presentarse al embarque, acompañado del animal, con una antelación de 15 minutos, introduciendo personalmente el animal en la jaula en el autocar, según las indicaciones del conductor. El animal estará en buenas condiciones físicas, higiénicas y anímicas para el traslado, no siendo obligatorio, aunque sí recomendable, el uso de bozal. El embarque y el desembarque del animal serán realizados por su propietario, procurando que no haya personas en las proximidades, a fin de evitar circunstancias incómodas o peligrosas que pudieran afectar al resto de los viajeros.

TRANSPORTE DE BICICLETAS: Estas deben encontrarse en condiciones de viajar sin provocar daños en otros equipajes o bultos, siendo obligatorio, que vayan embaladas en algún tipo de caja o bolsa preparada para su transporte. Su transporte estará limitado por el espacio disponible en la bodega del autobús,

DESCUENTOS FAMILIA NUMEROSA: Es necesaria la presentación del carnet de familia numerosa y D.N.I del titular en el momento de la compra del billete y al conductor en el momento de montarse en el autobús. La no presentación de dicha documentación al conductor, supondrá la obligación de adquirir un billete nuevo a la tarifa normal.

IMPORTANTE: Está prohibido fumar en todo el vehículo de transporte colectivo urbano o interurbano, según R.D. 1293/99. El titular de este billete está amparado por el Seguro Obligatorio de Viajeros, por lo que está totalmente prohibido bajo ninguna circunstancia viajar sin billete, y será imprescindible su presentación para cualquier reclamación. Es obligación del viajero guardarlo durante todo el trayecto.

VENTA DE BILLETES

La empresa realizará la venta de billetes, en los puntos o establecimientos habilitados al efecto, donde podrán obtenerse los billetes y solicitar los descuentos que procedan según las condiciones de la concesión.

La utilización indebida de cualquier canal de venta oficial para usos fraudulentos dará lugar a las correspondientes responsabilidades, si se demuestra que se obró de mala fe, culpa o negligencia.

METODOS DE PAGO: 

1.- Dentro del área metropolitana: Los billetes del ámbito metropolitano si no se acogen a los descuentos (billete sencillo) pueden pagarse en efectivo o con tarjeta de crédito/debito, el resto solo permiten el pago con la tarjeta del consorcio no permiten el pago con tarjeta de crédito/débito.

2.- Fuera del área metropolitana: El pago puede realizarse en efectivo o a través de tarjeta de crédito/débito, concretamente: VISA, MASTERCARD Y MAESTRO tanto de entidades bancarias españolas como extranjeras, para la compra en taquilla.

VALIDEZ DE LOS BILLETES: Se podrá adquirir billetes con hasta un mes de antelación físicamente en la taquilla.

La validez de los billetes de ida y vuelta se establece hasta los 7 días, dependiendo de la línea, a contar desde la fecha de realización del trayecto de ida.

CAMBIOS Y ANULACIONES: 

Todo billete se podrá cambiar de forma gratuita una única vez. Una vez realizado un cambio en un billete, éste no podrá volver a modificarse ni podrá ser anulado.

El cambio de la fecha u hora del viaje solamente es posible si se solicita al menos 2 horas antes del inicio del servicio y estará condicionado a la existencia de plazas disponibles en la nueva fecha u hora solicitada.

La no presentación a la hora de la salida del autobús conllevará la pérdida total del billete.

TRANSPORTE DE PATINETES:

Queda prohibido desde el 1 de enero de 2024 por orden de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía.

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